La Asociación de Docentes de la UNCa emitió un comunicado en el que desmintió versiones sobre un supuesto "doble rol patronal y sindical" de su secretaria general.
La Comisión Directiva de la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Catamarca (ADUNCa) desmintió las acusaciones que señalaban la existencia de un "doble rol patronal y sindical" en su Secretaría General, rechazando cualquier incompatibilidad en el ejercicio de sus funciones.
Desde la conducción sindical aclararon que no existe objeción legal, ética, horaria ni salarial respecto del desempeño de sus miembros. En ese sentido, remarcaron que el ejercicio de los cargos en la Comisión Directiva de ADUNCa posee carácter ad-honorem y que la actividad gremial no responde a esquemas de horario de oficina.
Para fundamentar la validez de la conducción, el gremio citó el artículo 11 de su propio Estatuto, la Ley de Asociaciones Sindicales Nº 23.551 y el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Según lo expuesto por la entidad, la normativa vigente contempla que los docentes, directivos y funcionarios de la casa de altos estudios mantengan su derecho de afiliación, así como la facultad de elegir y ser elegidos en el ámbito sindical, aun cuando desempeñen cargos de gestión universitaria.
En relación con el rol institucional de las autoridades de las unidades académicas, ADUNCa sostuvo que resulta técnicamente incorrecto encuadrar el cargo de Vicedecano dentro de la figura de "patronal". Al respecto, argumentaron que las facultades no cuentan con autarquía en la determinación de sus presupuestos y no forman parte de la representación patronal en las negociaciones paritarias, las cuales se dirimen exclusivamente entre el Rectorado ,o los representantes que este designe, y el Ministerio de Educación de la Nación.
La conducción gremial vinculó los cuestionamientos públicos a maniobras de sectores opositores destinadas a erosionar la gestión del sindicato, al tiempo que ratificó que continuará con las acciones relativas a la defensa del salario y los derechos de los docentes universitarios.