jueves 30 de enero de 2025
Impunidad tarifada

Costilla negó información del asalto en Parque América a la Justicia Federal

El fiscal federal Rafael Vehils Ruiz había solicitado copias de las actuaciones en octubre del año pasado.

El fiscal de Instrucción Nº 5, Hugo Costilla, le negó información sobre el golpe en el barrio Parque América al fiscal federal de Catamarca, Rafael Vehils Ruiz. Esto sucedió en octubre del año pasado. El 9 de octubre, Vehils Ruiz envío un oficio a Costilla solicitando información de la causa. El interés de la Fiscalía Federal surgió porque la víctima de ese asalto fue Exequiel Matías Rolón Reynoso, quien está imputado por los delitos de “intermediación financiera no autorizada”, “estafas”, “lavado de activos”, en concurso real con “asociación Ilícita”, en la causa en contra de la financiera RT Inversiones que se tramita en la Justicia Federal.

Vehils Ruiz pidió a Costilla, en carácter de especial colaboración, que remita “a effectum videndi et probando (con el fin de ver y probar), copias certificadas del acta del procedimiento, específicamente fotos del mismo y registros de elementos secuestrados, específicamente, constancias de los elementos sustraídos por los imputados en la causa. Asimismo, solicito nos informe si se secuestró dinero, en su caso montos y moneda”.

¿Qué ocurrió con esta solicitud de Vehils Ruiz? Nada. De acuerdo con la información a la que accedió El Ancasti, Costilla no le brindó la información al Fiscal Federal.

Ese mismo 9 de octubre, este diario dio a conocer que en la causa del asalto en el Parque América la querella vinculó el robo a Rolón Reynoso con la causa RT Inversiones.

El abogado querellante, Rolando Crook, señaló esta cuestión en la audiencia de prisión preventiva de Diego Marcelo Arroyo, Fernando Ariel Pacheco, Camilo Alberto Carrizo y Guillermo Hernán Nieva, quienes estuvieron acusados por el asalto violento a Rolón Reynoso.

Al momento de brindar sus alegatos, Crook planteó que “es necesaria la búsqueda del móvil (del robo). He visto también en la causa que esto podría estar vinculado con la causa de RT (Inversiones), causa en la cual intervengo y defiendo justamente a Rolón Reynoso”.

También pidió que Carrizo “se abstenga de realizar cualquier tipo de comunicación vía celular con supuestos responsables de RT o agentes vinculados a RT, cualquier circunstancia en la que él, si ha sido acreedor o se siente acreedor de RT, que se abstenga de realizar cualquier tipo de comunicaciones. Creo que, en alguna medida, la movilidad de este hecho ha tenido que ver con algo vinculado a eso (por RT). Iban en busca de plata”.

En tanto, el 10 de septiembre último se supo que uno de los asaltantes dijo que Rolón Reynoso le debía “mucha plata”. Así lo expresó Arroyo en la audiencia de control de detención.

Arroyo y Rolón Reynoso coincidieron en el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) en 2023 cuando el primero se encontraba cumpliendo una condena por robo y el segundo estaba detenido por presuntas estafas en la causa RT Inversiones.

En la audiencia, Arroyo contestó algunas preguntas que hizo el juez de Control de Garantía Nº 1, Héctor Rodolfo Maidana. Y en ese contexto, habló sobre una deuda. “(Rolón Reynoso) me debe mucha plata. Yo lo conozco porque hemos estado presos en el 2023. Ahí me conoce él a mí. Me debe mucha plata a mí”, remarcó Arroyo. Sin embargo, Arroyo no explicó por qué Rolón Reynoso le debe dinero.

El asalto en Parque América sucedió el 4 de septiembre del 2024 en una vivienda ubicada en el barrio Parque América, en la ciudad Capital, donde reside Rolón Reynoso.

Ocurrió entre las 4.50 y las 5.50 de la madrugada. Para la Fiscalía, los acusados habrían robado unos 1.500 dólares y varios celulares iPhone Apple. De ese monto, solo se recuperaron 400 dólares.

Costilla indicó que lo hicieron violentando físicamente a personas que se encontraban en el lugar. Utilizaron un arma de aire comprimido para amedrentar y reducir a las víctimas. Los encartados ya habían estudiado la casa de Rolón Reynoso, los movimientos y tenían la información necesaria para concretar el asalto. Por ese hecho, Costilla había imputado a “robo doblemente calificado por el uso de armas y por ser cometido en poblado y en banda” en calidad de coautores. Pero, a principios de diciembre de 2024, los cuatros hombres fueron sobreseídos por un acuerdo entre ellos y la víctima del asalto.

Acuerdo

El 3 de diciembre último se conoció que el magistrado Maidana dictó el sobreseimiento total y definitivo de Nieva, Arroyo, Carrizo y Pacheco. El fiscal Costilla había solicitado al Juzgado que homologue el acuerdo conciliatorio suscripto entre las partes intervinientes y declare la "extinción de la acción penal", de acuerdo con lo establecido en el artículo 59, inciso 6 del Código Penal, que establece que "la acción penal se extinguirá por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes".

Además, el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) pidió que se disponga el sobreseimiento total y definitivo de los cuatro acusados, aduciendo que habían realizado varios pagos como reparación integral del daño, siempre con la conformidad de las víctimas.

Al momento de fundamentar su resolución, el juez destacó lo dispuesto por el Artículo 59 y apuntó al Poder Legislativo: “Considero que no resulta impedimento para la aplicación de esta causal de extinción de la acción penal la falta de reglamentación procesal, toda vez que la omisión de reglamentar estas causales por parte de las legislaturas provinciales no debe truncar a los operadores del sistema la real posibilidad de emplear estos institutos, máxime cuando fue creado por el Congreso de la Nación y deja a criterio de las provincias su adecuación, y no una 'creación' o una 'adhesión' a la ley nacional”.

El acuerdo entre la querella y la defensa fue por un monto de 8 millones de pesos a favor de la víctima.

Investigación

El acuerdo generó polémica y también un escándalo en la Justicia. Por esta razón, el fiscal General, Alejandro Gober, luego de haber realizado el control de las actuaciones, designó a la fiscal de Instrucción N° 7, Paola González Pinto, para llevar adelante la investigación de los términos, circunstancias personales, económicas y grados de participación que rodearon al acuerdo conciliatorio.

El acuerdo en cuestión fue homologado por el juez Maidana, quien ordenó el sobreseimiento de los imputados, procedimiento en el que participaron las víctimas, asistidas legalmente por sus asesores letrados, los imputados junto a su defensor particular y Costilla, ante el pedido expreso de los imputados y por las propias víctimas.

Jury

El diputado provincia Hugo Ávila (Frente Amplio Catamarqueño) pidió el jury en contra del fiscal Costilla y el juez Maidana.

Esta solicitud puso al Tribunal de Enjuiciamiento de magistrados y miembros del Ministerio Público en el centro de las miradas.

El órgano encargado de analizar la conducta de los miembros del Poder Judicial deberá definir si comienza el tratamiento del pedido de Ávila.

Ávila, el primero en plantear críticas a la homologación del acuerdo que permitió el sobreseimiento total y definitivo de los cuatro hombres que estuvieron imputados por el asalto en Parque América, denunció a Costilla y a Maidana por mal desempeño en sus funciones e ignorancia inexcusable del derecho. Además, afirmó que con su accionar el juez y el fiscal habrían incurrido en el delito de prevaricato.

El diputado fundamentó su pedido en que ambos miembros del Poder Judicial cometieron “mal desempeño en sus funciones, al no oponerse a la homologación del acuerdo económico improcedente en una causa de robo doblemente agravado, configurando una falta grave y posibles hechos con relevancia penal”.

También planteó que en ambos casos hubo una “ignorancia inexcusable del derecho, evidenciada en la resolución que extinguió la acción penal mediante un mecanismo inaplicable a delitos de tal gravedad”. El diputado explicó que con la homologación avalada por Costilla y Maidana “se permitió el sobreseimiento definitivo de los imputados, quienes mediante un acuerdo privado evitaron toda consecuencia penal por un delito que involucró violencia, privación ilegítima de la libertad, robo y amenazas”.

“Este fallo contradice principios esenciales del derecho penal y procesal, comprometiendo gravemente la seguridad pública y la confianza en el Poder Judicial. Los hechos que motivan esta denuncia constituyen un claro caso de mal desempeño de sus funciones, configurando además la posible comisión del delito de prevaricato”, había dicho Ávila. n

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