jueves 13 de febrero de 2025
Última jornada de este juicio por jurados

Acusado de abuso sexual negó los hechos y decidió contar su propia versión

Hoy, las partes expondrán sus conclusiones. El jurado pasará a deliberar hasta llegar a un veredicto.

En la segunda jornada de juicio popular por un caso de abuso sexual, el acusado decidió declarar. Una vez finalizada la ronda de testigos, frente al jurado negó los hechos que se le reprochan y contó su propia versión. El martes, cuando empezó el juicio por jurados en la sala de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial, había declarado la madre de la víctima, que ratificó la denuncia.

Por tratarse de un delito de instancia privada, la audiencia se desarrolla a puertas cerradas. El acusado debe responder por los presuntos delitos de “abuso sexual simple calificado por la guarda”, “abuso sexual con acceso carnal calificado por la guarda continuado en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores agravado” y “abuso sexual simple”. Según se precisó, el acusado es conocido del entorno familiar de la víctima. De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, el acusado habría ultrajado a una adolescente durante dos años. Hoy la víctima es una joven mayor de edad. La madre de la víctima radicó la denuncia en 2022 y al inicio del debate ratificó lo oportunamente denunciado.

Según la agenda de la OGA, para hoy se prevé la instancia de los alegatos de cierre de las partes. El Ministerio Público Fiscal es representado por la fiscal del caso, Valeria Reyes, y el fiscal de Cámara Augusto Barros. En tanto que la defensa es ejercida por el abogado del foro local Juan Pablo Morales. Luego, tras las últimas indicaciones del juez director Luis Guillamondegui, el jurado pasará a deliberar hasta llegar a un veredicto por unanimidad.

Normativa

La Ley Provincial 5719 de Juicio por Jurados estipula que será competencia del sistema de juicios populares las causas cuyos imputados tengan en abstracto penas de 20 años o más de prisión o reclusión. Acusados por delitos sexuales agravados, homicidios y los femicidios (ambos tentados y consumados) en particular serán juzgados por un jurado popular. De acuerdo con la Ley, los juicios por jurados se realizan en el lugar (o circunscripción) donde se cometió el hecho. El objetivo es que los vecinos sean los que juzguen.

Además, la normativa estipula que las causas para ser juzgadas por jurados populares corresponden a hechos cometidos luego del 3 de diciembre de 2021 –cuando entró en vigencia la Ley- o cuya elevación a juicio es posterior a la entrada en vigencia de la legislación en cuestión. Tras el veredicto del jurado –integrado por vecinos de la comunidad-, el juez director debe fijar una audiencia de “cesura de pena”. De acuerdo con la citada Ley, “leído y comprobado el veredicto, el juez o la jueza declarará disuelto al jurado”. Si el veredicto fuere de culpabilidad, “el debate continuará en la fecha de una nueva convocatoria no superior a los cinco (5) días, que fijará el juez o jueza, con la recepción de la prueba que se hubiere ofrecido para individualizar la pena o la medida de seguridad y corrección. Terminada la recepción de prueba, el juez o jueza escuchará los alegatos finales de las partes, pero éstos se limitarán a fundar las consecuencias jurídicas del veredicto del colegio del jurado”, se establece.

En alerta

¿Qué hacer?

Ante la duda, sospecha o certeza de alguna agresión sexual de niños, niñas y adolescentes se debe informar lo más pronto posible. La Línea 102 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es un medio para poner en conocimiento sobre esta situación. Este servicio funciona las 24 horas, los 365 días.

Tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA) se convierten en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. La acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a investigar. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.

El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema que niños, niñas y adolescentes pueden sufrir. No obstante, el dato más importante que advierten los profesionales en esta temática es que en la gran mayoría de los casos se trata de abusos sexuales intrafamiliares: padre, abuelo, hermano, tío o primo son los principales sospechosos.

En este sentido, se destacó que muchos chicos y chicas víctimas de abuso sexual o violencia intrafamiliar no reaccionan porque han normalizado estos ultrajes. “Es un trauma que se acrecienta con el paso del tiempo; chicos y chicas se sienten cómplices, indefensos, humillados y temen ser estigmatizados. La impunidad está promovida por el silencio de las víctimas que callan porque su estado de vulnerabilidad es absoluto. El agresor cohíbe mediante el miedo y culpa, sumado al estado de indefensión que los invade. Normalmente, el silencio no suele estar dado por un único hecho sino por varios hechos y agravados”, detallaron.n

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