sábado 16 de noviembre de 2024
Jubilación de privilegio

Excamarista catamarqueño sobre la quita de la jubilación a CFK: "Es absolutamente arbitraria e inconstitucional"

Se trata del reconocido exmagistrado Luis Herrero. "Esta decisión que tomó el presidente Milei va a traer como consecuencia un juicio millonario, de vuelta, contra el Estado", señaló.

SiEl excamarista catamarqueño Luis Herrero aseguró que la quita de la jubilación de privilegio y de la pensión a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner es "absolutamente arbitraria e inconstitucional".

"Nosotros hacemos juicios jurídicos, no nos metemos en política. Eso lo quiero aclarar de entrada. Tenemos la Constitución en la mano y las garantías constitucionales que gozamos todos los argentinos, sin distinción de ideologías, ni de sexo, ni de género, ni de nada", aclaró.

"Arbitraria e inconstitucional"

"La decisión de quitarle ´manu militari´ por un bando dos prestaciones de la seguridad social, no serán contributivas pero son de la seguridad social concedidas por una ley del Congreso de la Nación, la ley 24.018 es arbitraria e inconstitucional", afirmó en declaraciones a Mitre Córdoba.

El extitular de la Cámara Federal de la Seguridad Social consideró que "en principio viola la división de poderes porque este es un tema que está judicializado"

"En este momento lo tiene la Corte Suprema de Justicia de la Nación (desde febrero de 2022),que tiene que resolver un recurso de queja que interpuso la diputada nacional Graciela Ocaña contra una decisión de la Sala III, que le desestimó un incidente de nulidad que ella planteó contra el desistimiento de la exdirectora ejecutiva (de la Anses) Raverta a un recurso de apelación de Anses", explicó Herrero.

Además precisó que Ocaña hizo ese "planteo purificador o saneador" en la Sala III donde se trataba la apelación contra el fallo del juez Ezequiel Pérez Nami que "la benefició a Cristina Kirchner".

"De manera que está judicializada la cuestión sobre la que se metió el Presidente", enfatizó el exmagistrado al tiempo que recordó que el artículo 109 de la Constitución Nacional dice que "el Poder Ejecutivo no puede ejercer funciones judiciales, ni arrogarse el conocimiento de causas pendientes".

"Juicio millonario"

"Esta decisión que tomó el presidente (Javier) Milei va a traer como consecuencia un juicio millonario, de vuelta, contra el Estado", sostuvo Herrero.

Además anticipó que "tendrá que devolverle a la actora todo lo que ella reclama más los intereses".

Aval social

Herrero expresó que la medida adoptada por el Ejecutivo nacional "está avalada por la sociedad porque la sociedad no tiene por qué saber derecho, no tiene por qué conocer los artículos de la Constitución".

"La sociedad argentina tiene una desazón generalizada, especialmente los jubilados, que la expresa de diferentes maneras. Así que no me sorprende que la sociedad esté indignada. Primero por lo que cobra la expresidenta, más de 20 millones de pesos cuando la jubilación mínima está en el orden de los 320, 330 mil pesos", detalló.

"En segundo lugar que ella está percibiendo dos asignaciones honoríficas, que es la pensión por la muerte de su exmarido presidente y su asignación presidencial, cuya acumulación está prohibida por el artículo 5 de la ley 24.018. Entonces todo esto produce una enorme indignación en la gente", argumentó Herrero.

"Pero nosotros, los que somos los operadores del derecho, los medios de comunicación, los funcionarios honestos, gobernantes, legisladores, administradores y jueces tenemos que obrar conforme a la Constitución. Es un precedente nefasto que el día de mañana se puede aplicar en contra de cualquier argentino", concluyó.

Resolución en el Boletín Oficial

La decisión de la administración de Javier Milei fue publicada este viernes en el Boletín Oficial mediante la resolución 1092/2024.

Con información de Perfil.

Seguí leyendo

Te Puede Interesar