OSEP ajusta el control fiscal y los aportes de los afiliados
El aporte del 4,5% se calculará sobre todos los conceptos del salario, sean o no remunerativos, salvo el familiar.
La Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) inició un proceso de modificaciones significativas mediante la implementación de reformas aprobadas por un Decreto Acuerdo del Ejecutivo Provincial, estableciendo que los cambios buscan fortalecer el equilibrio financiero de la obra social y asegurar la transparencia en la contratación de profesionales de la salud que brindan servicios a los afiliados, garantizando así un entorno de atención médica más confiable.
Según lo establecido en el Artículo 1º del Decreto H.y F.N° 373, la OSEP, al ser un organismo del sector público, exigirá el Certificado de Cumplimiento Fiscal antes de realizar cualquier pago correspondiente por la contratación de servicios.
Esto asegura que los profesionales que brindan atención a los afiliados no solo sean competentes en sus áreas, sino que también tengan sus obligaciones fiscales al día, promoviendo una gestión más responsable y alineada con las normativas vigentes.
Conforme el documento, OSEP deberá "celebrar, modificar y/o adecuar los convenios suscriptos con los Colegios Profesionales, Círculos, Asociaciones de Profesionales o Prestadores de la Salud" en el plazo de hasta tres meses desde la entrada en vigencia de la norma.
Este cambio dotará al organismo de la capacidad para verificar que los asociados que presten servicios a los afiliados cumplan con sus "obligaciones fiscales", promoviendo así un entorno de servicios médicos más confiable y regulado.
Supervisión
En ese sentido, la Agencia de Recaudación Catamarca (ARCAT) también obtendrá un rol clave, ya que será el organismo facultado para "dictar las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas" para asegurar la correcta aplicación de la norma.
De esta forma, se establecerá un mecanismo de supervisión que asegure transparencia y eficiencia en el uso de los recursos destinados a la salud de los empleados públicos y sus familias.
También se confirmó la vigencia del Decreto N° 1189/2024, que introdujo códigos de descuento automáticos para cubrir coseguro para respaldar a los afiliados en el financiamiento de tratamientos como prótesis y medicamentos de alto costo.
Nuevo esquema
El organismo afirmó que "el Salario Mínimo, Vital y Móvil ha experimentado un incremento muy bajo en comparación con la inflación real, lo que lo convierte en una base insuficiente para los aportes mínimos". Por esta razón, destacó la necesidad de establecer un índice más representativo que se ajuste a la realidad de los ingresos de los trabajadores en la provincia.
Por lo cual, a partir de ahora se establecerá “el descuento obligatorio del 4,5% calculado sobre las remuneraciones totales (remunerativos y no remunerativos), excepto salario familiar de los beneficiarios obligatorios directos; o sobre el 80% del promedio ponderado entre la remuneración mínima mensual para los empleados de todos los escalafones y/o convenios de la Administración Pública Provincial, Central, Descentralizada y Entidades Autárquicas, y el escalafón docente, como base mínima de cálculo”, dispone el decreto.
En ese sentido, se destacó que el ajuste no solo debe atender a los niveles salariales, “sino también a las diferentes realidades socioeconómicas de cada grupo de trabajadores, lo que implica que algunas áreas pueden tener acuerdos paritarios que afectan las escalas salariales”.
Por otro lado, para los afiliados voluntarios, el aporte será del 0,50% del 80% del promedio ponderado. Para los afiliados particulares, también será 0,50%, pero basado en el promedio ponderado general. Estableciendo un marco claro para calcular los aportes de todos los afiliados. n